Un BEGES es el informe de gases de efecto invernadero que exige la legislación francesa a las empresas privadas con más de 500 empleados (250 en las regiones francesas de ultramar) cada cuatro años, y a los organismos públicos más grandes cada tres años. Cubre las emisiones en Francia durante un año, al menos las emisiones directas y de energía, con un plan de transición, y se publica en la plataforma ADEME. Las empresas que publiquen un informe de sostenibilidad CSRD que cubra Francia están exentas. La multa es de hasta 50.000 €, o 100.000 € en caso de reincidencia.
Quién debe publicar un BEGES
Con arreglo al artículo L229-25 del código medioambiental francés, las empresas privadas con más de 500 empleados en la Francia metropolitana, o más de 250 en las regiones de ultramar, deben elaborar un informe de emisiones de gases de efecto invernadero, el BEGES, junto con un plan de transición. Lo actualizan cada cuatro años. Los organismos públicos con más de 250 empleados, el Estado, las regiones, los departamentos y los municipios con más de 50.000 habitantes tienen la misma obligación cada tres años.
El informe y el plan de transición se hacen públicos en la plataforma ADEME para informes de GEI. Desde mayo de 2025, una empresa que publique un informe de sostenibilidad conforme a las normas francesas que transponen la CSRD, y que cubra sus actividades en Francia, queda exenta de un BEGES separado.
Qué cubre
El BEGES cubre las emisiones de las actividades de la empresa en Francia durante un año, normalmente el año anterior a la elaboración del informe, en toneladas de CO₂ equivalente. Separa las emisiones directas de fuentes fijas y móviles, el equivalente al Scope 1, de las emisiones indirectas. El método del ministerio agrupa todas las emisiones en seis categorías: emisiones directas, emisiones indirectas de la energía, transporte, productos comprados, productos vendidos y otras emisiones indirectas.
Las empresas privadas que no entren en el ámbito de las normas francesas de información en materia de sostenibilidad pueden limitar las emisiones indirectas que informan a las procedentes de la electricidad, el calor y el vapor que consumen, el equivalente al Scope 2. Aun así, se recomienda incluir las demás emisiones indirectas significativas, porque para la mayoría de las empresas son la parte principal y cada vez más lectores las solicitan.
El plan de transición
El plan de transición adjunto al BEGES expone los objetivos, medios y acciones que la empresa prevé para reducir sus emisiones hasta el siguiente informe, con los volúmenes de reducción esperados. También informa de las acciones emprendidas desde el informe anterior y de los resultados obtenidos, de modo que cada BEGES muestra si el último plan funcionó.
Multa por incumplimiento
Desde la ley de industria verde de 2023, una empresa que no elabore o no presente su BEGES se enfrenta a una multa administrativa de hasta 50000 €, y de hasta 100000 € en caso de reincidencia.
Empresas por debajo del umbral
La mayoría de las empresas en Francia no tienen obligación de BEGES, pero clientes, bancos y compradores públicos cada vez piden más un bilan carbone de todos modos. La norma voluntaria de la UE (VSME) pide Scope 1 y Scope 2 basado en la ubicación en su módulo Básico, y una huella completa con Scope 3 responde a las solicitudes más exigentes. Sea cual sea el lector, mantenga el mismo límite, el mismo año base y las mismas fuentes de factores de emisión de un año a otro, para que las cifras puedan compararse.
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El BEGES de un vistazo
Las principales normas para empresas privadas y organismos públicos, una junto a otra.
| Empresas privadas | Organismos públicos | |
|---|---|---|
| Umbral | Más de 500 empleados, 250 en las regiones de ultramar | Más de 250 empleados; municipios de más de 50.000 habitantes |
| Frecuencia | Cada cuatro años | Cada tres años |
| Alcance mínimo | Emisiones directas y emisiones de energía | Emisiones directas y emisiones indirectas significativas |
| Plan de transición | Obligatorio | Obligatorio |
| Dónde se publica | Plataforma ADEME | Plataforma ADEME |
| Exención | Un informe de sostenibilidad CSRD que cubra Francia | No aplicable |
| Multa | Hasta 50.000 €, 100.000 € si se reincide | No aplicable |
Antes de publicar en la plataforma ADEME
Compruebe estos puntos, porque el siguiente BEGES se comparará con este.
- El año de reporte es el año anterior al informe, o el anterior a ese si faltan datos.
- Se incluye cada centro y entidad en Francia dentro del perímetro.
- Las emisiones indirectas excluidas se enumeran con el motivo.
- El plan de transición incluye volúmenes de reducción previstos, no solo acciones.
- Se informan los resultados del plan anterior.
Fuentes y alcance
- Légifrance: artículo L229-25 del código medioambiental
- Légifrance: artículo R229-47 del código medioambiental
- ADEME: plataforma de informes de GEI (bilans GES)
- Ministerio de Transición Ecológica: método para elaborar informes de GEI
Estos recursos explican un flujo de trabajo de preparación. Comprueba la norma que hayas seleccionado y los requisitos del destinatario antes de compartir tu informe.





















